Procedimiento de Adopción
E. EFECTOS DE LA RENUNCIA DE LA ASIGNACIÓN
El solicitante a la adopción tiene derecho a renunciar la asignación. La renuncia se hará por medio de una carta motivada. En caso de que dentro del plazo de los 2 meses antedichos el Ministerio de Justicia no reciba una respuesta de los solicitantes, se considerará que éstos han rechazado la asignación. Si la renuncia no está motivada o falta respuesta alguna por parte del solicitante en el plazo de 2 meses, éste perderá su posición en el registro y será registra bajo un número nuevo. El solicitante conservará su posición sólo en el caso de que el Consejo de Adopción Internacional considere que se dan las siguientes causas fundadas:
1) el menor padece problemas de salud de los que el solicitante no ha sido informado a la hora de efectuársele la asignación, o
2) si el menor padece problemas indicados previamente como inaceptables por el solicitante.
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Esta sección contiene información sobre las asignaciones que hace el Ministerio de Justicia de Bulgaria a través de un departamento, denominado Consejo de Adopciones Internacionales.
He estado esperando, al parecer toda una eternidad, la llamada telefónica que cambiaría mi vida para siempre. Había invertido tantas emociones y finanzas en lo que supondría la aventura más significativa de mi vida: la adopción de mi hijo!