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España

А. CARACTERÍSTICAS DE SU NORMATIVA Y REQUISITOS LEGALES

España es parte del Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. España firma el Convenio el 27.03.1995 y lo ratifica el 11.07.1995. Éste entra en vigor el 01.11.1995.

ESPAÑA ha designado tantas Autoridades Centrales como Comunidades Autónomas tiene (23), además de una Autoridad Central a efectos de comunicaciones (Ministerio de Educación, Política Social y Deporte ) a la que pueden dirigirse todas la Comunidades.

En el caso concreto de Bulgaria, no es obligatorio recurrir a los servicios de una agencia de adopción para adoptar a un menor extranjero. Los candidatos a la adopción están libres de dirigirse directamente a la Autoridad Central de su Comunidad Autónoma que, por su parte, contacta con la Autoridad Central o agencia local de Bulgaria.

Para poder mediar en el proceso de adopción internacional las entidades españolas deben estar acreditadas por la Autoridad Central de la Comunidad Autónoma correspondiente. Para llevar a cabo una adopción de un menor búlgaro por un adoptante extranjero es obligatorio contratar los servicios de una ecai búlgara.

Las agencias de adopción en España son obligatoriamente personas jurídicas sin ánimo de lucro, cuyo objeto social principal es la protección de menores y tienen que contar con un equipo multidisciplinario de profesionales. Los jefes de estos equipos son obligatoriamente especialistas altamente cualificados en el ámbito de las adopciones.

Al presentar su solicitud de adopción internacional, los solicitantes españoles tienen que ser mayores de 25 años como mínimo. En la adopción de matrimonio basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad.El adoptante tendrá que tener mínimo 14 años más que el adoptado.

Las autoridades competentes en materia de la adopción, tanto nacional, como internacional, son las Autoridades Centrales correspondientes de las Comunidades Autónomas, así como las autoridades correspondientes en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

El procedimiento de adopción se inicia presentando una solicitud por parte de los solicitantes ante la correspondienteautoridad central de cada comunidad Autónoma donde residen los solicitantes.El siguiente paso es la elaboración del informe psicosocial sobre los solicitantes por un equipo multidisciplinario, sobre la base del que la correspondiente Autoridad Central de la Comunidad Autónoma expide el Certificado de Idoneidad para la adopción de un menor extranjero. Con motivo de la confección de dicho informe se realizan de 1 a 4 entrevistas (depende de la comunidad autónoma) con los candidatos. El Certificado de Idoneidad tiene una vigencia de 3 años y es renovable.

Una vez obtenidos estos 2 documentos, los solicitantes de la adopción deciden si recurrir a una ECAI en España o a la Autoridad Central o a una agencia búlgara que, por su parte, les ayudará en la confección de los demás documentos, así como facilitará su proceso de adopción.

La adopción efectuada en el extranjero se reconoce plenamente y en virtud de la sentencia del tribunal búlgaro el menor adquiere la nacionalidad española una vez se proceda a la inscripción en el correspondiente Registro Civil Español. Las relaciones de parentesco con la familia biológica se extinguen y entre el adoptado y los adoptantes se originan relaciones y derechos con los mismos efectos que la filiación por naturaleza. La adopción puede ser suspendida tan sólo por medio de sentencia judicial, en caso de haberse constatado infracciones en la obtención de la renuncia del menor por parte de los padres biológicos.

B. NUESTROS SOCIOS EN ESPAÑA

Desde el año 1997 el socio de ANIDO en la Comunidad Autónoma de Cataluña es la ECAI:

AJUDA'M
C/ Muntaner 479 -483 entl. 2ª
Barcelona, España 08021
(34) 93 253.14.12
(34) 93 253.17.11
Directora: Sra. Isabel Fort
www.ajudam.org

Desde el año 2017 el socio de ANIDO en la Comunidad Autónoma de Cataluña es la ECAI:

INICIATIVA PRO INFANCIA (IPI)
av. Gran Vía de les Corts Catalanes no 646, 1o, 2a
08007 Barcelona, España
Tel: +34 93 412 01 02
Fax: +34 93 412 02 20
Director: Sr. Santiago Llensa Ramos
www.ipi-ecai.org

 

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Reuniones del Consejo de Adopciones Internacionales

Esta sección contiene información sobre las asignaciones que hace el Ministerio de Justicia de Bulgaria a través de un departamento, denominado Consejo de Adopciones Internacionales.

Carta de agradecimiento - B. O’D. and N. O’D., condado de Donegal, Irlanda

Por medio de la presente quisiéramos expresar nuestra gratitud por el enorme apoyo y ayuda que nos ha ofrecido el equipo de ANIDO desde el inicio hasta el final de nuestro procedimiento de adopción, así como durante nuestras dos estancias en Bulgaria.

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